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Prot. No. 214/2021
28 de Abril de 2021

Decreto

A toda la Iglesia que peregrina en Monterrey, ¡la paz esté con ustedes!

La experiencia de las Misiones Parroquiales, como un camino alternativo para brindar el cuidado pastoral a las comunidades de fieles que por circunstancias especiales no pueden ser erigidas como parroquias (cf. c. 516 §2), ha sido muy fructífera en nuestra Iglesia local. Por ello siguen erigiéndose en diversas comunidades que van iniciando su camino con el fin de consolidarse como una comunidad estable de fieles.

Desde agosto de 2016 los fieles que conforman la Misión Parroquial de Nuestra Señora de San Juan de los Lagos y San Judas Tadeo, bajo la cura pastoral desde su primer rector, el Pbro. Martín Gutiérrez Hernández hasta el actual, el Pbro. Sergio Bernal Landeros, emprendieron un camino a la madurez como comunidad: fortalecieron las estructuras catequéticas y litúrgicas, así como la organización y administración de la misma, sin olvidar, como distintivo de la vida cristiana, la práctica y vivencia de la caridad, tanto personal como comunitariamente.

Viendo, pues, la madurez de los fieles que integran esta comunidad y la cohesión de la misma, he decidido, después de haber consultado con el consejo episcopal, por mi autoridad como Obispo diocesano de esta Iglesia local, extinguir la Misión Parroquial de Nuestra Señora de San Juan de los Lagos y San Judas Tadeo , y en su lugar, sin modificar nada en cuanto a territorio, estructura e integración a la arquidiócesis,

Erijo la Parroquia

San Judas Tadeo,

en Cadereyta Jiménez N. L., Esta, en cuanto persona jurídica, hereda todos los derechos, obligaciones, beneficios y bienes de la extinta misión parroquial, particularmente, al tiempo que inicia los propios según la norma del derecho. Custodiará en su archivo los libros de bautismos, confirmaciones, comuniones, matrimonios y difuntos que ahí fueron recabados durante este tiempo.

He decidido nombrar como primer párroco al Pbro. Sergio Bernal Landeros, a quien entregaré su nombramiento en documento a parte. A él, le confío cumplir con todos los requisitos necesarios para que el Estado reconozca la personalidad jurídica como Asociación Religiosa de esta comunidad.

Este decreto se ejecutará con la lectura pública del mismo en la misa que presidiré en esa comunidad el domingo 02 de mayo de 2021, considerándose esta fecha como la fecha de erección de esta parroquia.

Pido a Nuestra Señora del Roble, patrona de nuestra Iglesia, continúe cubriendo con su manto a esta querida comunidad.

¡San José, custodio del Redentor, ruega por nosotros!

¡Venerable padre Raymundo Jardón, ruega por nosotros!

¡Sor Gloria Elizondo, ruega por nosotros!